Por Michelle Arevalo-Carpenter
Que tiene que ver el asilo politico que solicito Assange con la realidad de miles de refugiados, desplazados forzozamente hacia Ecuador?
Poco. Desde hace decadas, ha existido una confusion terminological entre los terminus “asilo” y “refugio.” Aunque las dos figures tienen objetivos similares, la diferenciacion entre las dos es crucial para la formacion de politicas y decisiones sobre las personas que se enmarcan en cada una de ellas.
A continuacion, un breve resumen de las diferencias:
a) Asilo Politico – mas conocido como asilo diplomatico, tiene raices latinomericanas y se refiere mas estrictamente a persecucion politica.
b) Refugio – mas conocido como asilo territorial, esta enmarcado en la Convencion de Ginebra de 1951 y la Declaracion de Cartagena. En su definicion se incluye personas perseguidas por su raza, religion, nacionalidad, opinion politica o pertenencia a grupo social en particular. Tambien, aplica a personas que escapan violencia generalizada en su pais de origen.
Por que es importante esta diferencia? Porque el asilo politico como institucion ha dependido historicamente de las inclinaciones politicas del gobierno de turno. El refugio, como estatus, tiene una tradicion de debido proceso y no-intervencion politica al decidir el destino de individuos perseguidos por diversos motivos.
Esperemos que esta decision de Julian Assange de involucrar al Ecuador en su asilo politico no opaque las celebraciones de diversidad y hermandad planificadas para el 20 de Junio, dia mundial del refugiado.
(Las opinions suscritas en este blog son de la autora solamente).
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